40 REVISTA ANDA En octubre, el Indecopi publicó la Guía de Publicidad Ambiental con la finalidad de orientar a proveedores y consumidores respecto a la importancia de trasladar al mercado información veraz y sustentada sobre la sostenibilidad y el impacto positivo de los productos o servicios que así lo afirmen. En dicho marco, el documento ha establecido cinco principios para los anunciantes del sector empresarial que busquen atraer consumidores mediante publicidad que destaque los beneficios ambientales de sus productos o servicios. El primero es la veracidad. Se refiere a que todas aquellas afirmaciones objetivas de índole ambiental que se difundan deben ser verdaderas y actuales. Para ello deben contar con un sustento técnico que así lo acredite, previo a su difusión. Si bien la Guía recomienda que el referido sustento sea elaborado por una o varias entidades externas al anunciante para reforzar su viabilidad, lo cierto es que la normativa en materia de represión de la competencia desleal no establece dicha exigencia. En tal sentido, también es posible contar con sustentos técnicos de las afirmaciones objetivas realizadas, que hayan sido elaborados y suscritos por las áreas internas y especializadas de la compañía, tales como las de Investigación y Desarrollo, Calidad, Producción, Laboratorio, entre otras. GUÍA DE PUBLICIDAD AMBIENTAL: implicancias e impacto en la comunicación empresarial Por: María Isabel Alvarado Asociada sénior de Garrigues El segundo principio se refiere a la claridad de la información que se brinda al consumidor y al mercado, resguardando que los mensajes sean explícitos, concretos y sencillos. Ello, con la finalidad de evitar la imprecisión sobre las características de sostenibilidad ambiental del producto o servicio. El tercer principio se refiere a la pertinencia de brindar al mercado aquellas características de sostenibilidad que estén directamente relacionadas con el producto y que resulten relevantes para el consumidor. La transparencia es el cuarto principio. Busca que los proveedores pongan a disposición del consumidor la información relativa a la sostenibilidad de sus productos ofertados, sin ocultar data relevante. Finalmente, el último y quinto principio es el de comparación leal. A efectos que, cuando un proveedor presente las ventajas de su oferta frente a la competidora –debido a su impacto positivo en el medio ambiente– la ejecute haciendo uso de información objetiva y verdadera, exacta, vigente y pertinente. Si bien los referidos principios son orientativos y han sido desarrollados por el Indecopi tomando recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas y diversas guías internacionales, los proveedores deberán tener en consideración que la Guía está basada en la normativa vigente de represión de la competencia desleal. Estas reglas